Los ISP podrán bloquear webs piratas sin autorización judicial

Bloqueo de páginas web

Las webs piratas se podrán cerrar sin intervención de un juez

Internet, aparte de hacer llegar a nuestros hogares una amplia cantidad de servicios, también ha puesto a nuestro alcance algunas cosas que no son del todo legales. Los Gobiernos y autoridades ya están luchando contra webs piratas, que tienen materiales con derechos de autor, y contra las personas que venden los conocidos IPTV, es decir, servicios que nos permiten ver canales de televisión de cualquier parte del mundo. Incluyendo aquellos que son de pago.

Aunque las operadoras se han unido a esta lucha recientemente, lo cierto es que para cerrar sitios web de este tipo era necesario contar con una orden judicial que permitiera la operación. Hasta ahora. Recientemente hemos sabido que Movistar, Vodafone, Orange y MásMóvil podrán bloquear webs piratas sin la necesidad de tener una autorización judicial. Incluso, ya disponen de un listado con 44 páginas con contenido calificado como de ilegal.

En un principio la medida se pone en marcha centrándose sobre las webs que permiten accesos gratuitos a canales de televisión de pago, aunque lo cierto es que se podrá actuar sobre cualquier página que proporcione contenidos protegidos con derechos de autor. La operación se iniciaba cuando un juzgado mercantil de Madrid daba la razón a Telefónica Audiovisual Digital por una demanda interpuesta “contra las operadoras de telecomunicaciones y proveedores de acceso a Internet para la identificación y bloqueo de una serie de webs piratas”.

Así es la sentencia que esclarece todo

Bloqueo de páginas web

En la propia sentencia se introducen aspectos bastante novedosos, y que podrían dar lugar a cambios en la legislación. Para empezar, porque permite que se proporcione cada semana un lista de nuevas webs a bloquear. Todo, sin la intervención de un juzgado. Esto ayudará a que Movistar, Vodafone, Orange, MásMóbil y otras operadoras puedan bloquear las webs por su propia mano. Solo será necesario que se facilite la URL de acceso, el dominio y las direcciones IP dentro de un plazo máximo de 72 horas. Hay que tener en cuenta que la misma sentencia obliga a los proveedores de acceso a Internet a confirmar a Telefónica Audiovisual Digital el bloqueo, además de identificar la página web, y la fecha y hora en la que se llevó a cabo la ejecución.

Por otra parte hay que mencionar que esta operación solo se podrá realizar durante tres temporadas, es decir, entre 2019 y 2022, destacando la aclaración de la propia sentencia: “El bloqueo de los nuevos recursos web (URLs, dominios o direcciones IP), debe realizarse bajo acceso en protocolos HTTP y HTTPs, y en el plazo máximo de tres horas desde la notificación de nuevo listado“. En todo caso, desconocemos si se pondrán en marcha nuevas medidas.

La sentencia ya ha dado que hablar

Bloqueo de páginas web

Teniendo en cuenta las acciones que posibilitan la propia sentencia, usuarios y expertos se han quejado de que las operadoras puedan cerrar webs sin la necesidad de tener una orden judicial, y sin la intervención de un juez. Una situación que, según argumentan, podría poner en peligro una de las estructuras de Internet.

El primer listado de páginas web ya está en marcha, por lo que ya se debería haber procedido al bloqueo de las mismas.

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